Información lista Valech

MEDIDAS DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO PARA PERSONAS INCLUIDAS EN EL INFORME DE LA COMISIÓN NACIONAL SOBRE PRISIÓN POLÍTICA Y TORTURA.

INFORME VALECH PARA NUNCA MÁS VIVIRLO, NUNCA MÁS NEGARLO.
El 28 de noviembre de 2004 el Presidente Ricardo Lagos se dirigió al país para dar a conocer el Informe realizado por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura. Una vez recogido el testimonio de quienes sufrieron privación de libertad y torturas por razones políticas entre Septiembre de 1973 y Marzo de 1990.

En su discurso el Presidente dio a conocer las medidas que el Estado tomaría para mitigar los efectos del dolor causado, entendiendo que el propio Informe es el acto más importante de reparación en tanto destierra el olvido y reivindica la dignidad de las víctimas. Las medidas adoptadas se refieren a una pensión de reparación y una acogida preferencial en materia de educación, salud y vivienda.

En este último ámbito, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) ha estudiado las medidas que está en condiciones de ofrecer a las personas incluidas en el Informe, las que están destinadas mayoritariamente a quienes no son propietarios/as de una vivienda.

Las medidas que a continuación se detallan están dirigidas a las personas que figuran en el Informe Valech y en su reemplazo, a su cónyuge.

1. ATENCIÓN PREFERENCIAL PERSONALIZADA

  • Línea telefónica 800 610444 para realizar consultas y solicitar entrevista.
  • Entrevistas presenciales a cargo de profesionales del MINVU, SEREMI y de los SERVIU regionales, en horario previamente acordado con la persona.
  • Atención a través de la página Web del MINVU, Servicio Contáctenos.
  • Atención en terreno de casos especiales con problemas para concurrir a citación.

 

2. ACCESO A LOS PROGRAMAS HABITACIONALES

  • El MINVU cuenta con diversos programas a los cuales se puede postular, según sea la realidad socioeconómica del interesado/a. En este sentido se otorgará un puntaje adicional de 100 puntos en los siguientes programas Subsidio General (D.S.40), Subsidio de Interés Territorial (D.S.40), Subsidio de Rehabilitación Patrimonial (D.S. 40) Vivienda Social Dinámica sin Deuda (D.S. 62), Subsidio Rural (D.S. 117) y Vivienda Progresiva (D.S. 140). Esta medida facilitará en forma significativa ser seleccionado en el programa que más se ajuste a su realidad. El acceso a esta medida no caduca en el tiempo, es decir, no hay un plazo definido para acogerse (D.S.176).
  • Existe otro programa habitacional, destinado a familias que viven en condición de pobreza y que desean postular en grupo con un proyecto habitacional. Se trata del Fondo Solidario de Vivienda (D.S. 155). Este programa permite integrar dentro del grupo a personas solas, hasta en un 30%, cuando se trata de situaciones especiales (personas con discapacidad, adulto mayor, indígena). La medida permite agregar en ese 30% a las personas solas que figuran en el Informe Valech. Por otra parte, se evaluará con mejor puntaje para la selección de los proyectos del Fondo Solidario de Vivienda, a aquellos grupos que incorporen a personas del Informe Valech, por tanto se podrán ver favorecidos en la evaluación del proyecto y adjudicación de los subsidios.(Res. Exenta Nº 1159)

 

3.MEDIDA DE EXCEPCIÓN PARA ACCEDER A LOS PROGRAMAS

  • Podrán postular a los programas del MINVU, personas incluidas en el Informe Valech que habiendo recibido con anterioridad un beneficio habitacional por parte del Estado, hayan perdido su dominio, por cualquier circunstancia, antes del 28 de noviembre de 2004. (D.S. 176).

 

4.DEUDORES HIPOTECARIOS SERVIU MOROSOS

  • Los deudores hipotecarios de SERVIU que se encuentren morosos, podrán reprogramar su deuda y serán beneficiados con la condonación de los intereses penales y costos (judiciales y personales), además de la suspensión de los procesos judiciales en que se encuentren. Para hacer efectiva esta medida, deben firmar un convenio de pago. (D.S. 48).

 

Las personas podrán optar entre estas medidas y las anunciadas por el Presidente Ricardo Lagos E. en cadena nacional de TV, el día 17.05.05. Ambas medidas serán informadas a cada persona mediante notificación escrita a su domicilio donde se indicarán los pasos a seguir. En el caso de deudores que hayan fallecido antes de la obtención de la pensión de reparación y que no proceda la aplicación del seguro de desgravamen, se otorgará una subvención equivalente al saldo de la deuda, incluidos los intereses penales y costos.

Unidad de Difusión e Información al Usuario Mayo de 2005