Los/as chilenos/as residentes en el extranjero pueden postular a toda la oferta de programas habitacionales del MINVU, a excepción de aquellos que como requisito consideran la aplicación de la encuesta CAS II(la encuesta CAS es un instrumento de medición aplicado por la Municipalidad en el domicilio del/de la interesado/a, que permite identificar a la población bajo la línea de la pobreza).
Los programas a los que puede acceder corresponden a:
Sistema de Subsidio Habitacional (D.S. Nº 40 de V. y U., de 2004):
- Subsidio General (Título I).
- Subsidio de Interés Territorial (Título II: Zonas de Renovación Urbana o Desarrollo Prioritario).
- Subsidio Rehabilitación Patrimonial (Título III: Zonas de Conservación Histórica o Inmueble de Conservación Histórica).
Se puede postular en forma individual o colectiva con proyectos habitacionales.
- Leasing Habitacional subsidio para contratos de arrendamiento con promesa de compraventa).
¿Cuál es el valor máximo de la vivienda que se puede comprar?
El precio de la vivienda que se adquiera con aporte del Estado no puede exceder las 1.000 UF, salvo las que se adquieran en Zonas de Renovación Urbana, Desarrollo Prioritario o en Zonas de Conservación Histórica o Inmuebles de Conservación Histórica, en que el precio de la vivienda puede alcanzar a 2.000 UF.
En las regiones XI, XII, Provincia de Palena en la X Región y en las comunas de Isla de Pascua e Isla de Juan Fernández, V Región, el valor de la vivienda puede llegar a 1.200 UF.
En el caso del leasing habitacional, en Isla de Pascua y Juan Fernández, el precio de las viviendas puede llegar a 800 UF.
Todas las operaciones relacionadas con la vivienda, compra, venta, ahorro, subsidio, crédito, se realizan en U.F. (Unidad de Fomento), que es una unidad reajustable y su variación es fijada por el Banco Central.
A modo de ejemplo, podemos informar que su valor el día 11 de Diciembre de 2006 fue de $18.360,08; equivalentes a U$ 34 aproximadamente.
El valor diario de la U.F. se puede consultar en el sitio web del Banco Central, www.bcentral.cl
¿Cómo se financia la compra de una vivienda?
En el caso del Sistema de Subsidio Habitacional, se financia a través de tres fuentes:
Ahorro: el aporte personal del interesado. Debe aplicar al precio de la vivienda como mínimo el ahorro acreditado al momento de postular.
Subsidio: Es el aporte económico que otorga el Estado para la compra de su vivienda. No se devuelve y se entrega una sola vez en la vida.
Crédito Hipotecario: Es el préstamo otorgado por un banco o institución financiera para completar el valor de la vivienda. Se devuelve a través del pago mensual de dividendos a plazo que, en general, van desde 12 a 20 años.
Otros aportes pueden ser al contado por parte del beneficiario. En el caso del leasing habitacional, se suscribe un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa con una sociedad inmobiliaria dedicada al giro del leasing habitacional, en que se estipula el precio de compraventa prometido, al cual se aplica el subsidio habitacional. Si bien el ahorro previo no es requisito para la obtención del subsidio, las sociedades inmobiliarias pueden exigir un aporte al contado entre las condiciones para llevar a cabo una operación.
¿Cómo se obtiene el Crédito Hipotecario?
El crédito hipotecario, se gestiona a través de su representante legal, en Bancos e Instituciones Financieras, administradoras de mutuos hipotecarios o cooperativas de ahorro y crédito, las que evalúan la solvencia y capacidad de pago del postulante, para lo cual es necesario acreditar ingresos. Sugerimos visitar sitios web de Entidades Financieras en Chile.
NOTA: Bancoestado, a través de su sitio web www.bancoestado.cl, ofrece la posibilidad de abrir una cuenta de ahorro para la vivienda y precalificar la solvencia económica de las personas interesadas en adquirir crédito hipotecario.
El Ministerio de Vivienda y Urbanismo, ha suscrito convenios con diferentes entidades crediticias (bancos, sociedades financieras, administradoras de mutuos hipotecarios endosables, cooperativas de ahorro y crédito), para créditos hipotecarios que se otorguen destinados a financiar la adquisición de viviendas pertenecientes al Título I, del Sistema de Subsidio Habitacional (D.S. Nº 40 de V. y U., de 2004). Aquí se otorga una mayor facilidad en el acceso al crédito, como por ejemplo, la aceptación de acreditación de ingreso informal mediante declaraciones juradas notariales; se acepta como codeudor solidario a terceros; la evaluación del cliente basada en su capacidad de servir los créditos contraídos con la entidad crediticia; reducción de requisitos de buen comportamiento financiero del solicitante y codeudor; exigencia de seguros a los créditos, como el de incendio con sismo, desgravamen e invalidez, desempleo para trabajadores dependientes y de incapacidad temporal para trabajadores independientes, con el objeto de proteger a las personas y evitar remates de viviendas, en caso de que pierdan su fuente laboral.
¿Cómo se puede postular a una vivienda en Chile desde el extranjero?
Es necesario otorgar un poder especial notarial a una persona residente en Chile. Características:
Poder Notarial especial para representarlo ante el SERVIU; debe considerar facultad de poder realizar todas las gestiones para inscribir al interesado en el Registro de SERVIU, dar las autorizaciones que correspondan al momento de la inscripción como la autorización para la consulta de ahorro al banco (si corresponde a cuenta de ahorro en el Bancoestado o del Banco del Desarrollo), consulta al Servicio de Registro Civil e Identificación; solicitar, retirar y llenar formulario de postulación o para postular en línea en las Oficinas del SERVIU o autorizadas por éste, firmar la solicitud o comprobante de postulación, declaraciones juradas exigidas y retirar certificado de subsidio cuando lo obtenga.
Poder Notarial especial para representarlo ante el Banco: debe considerar representación para hacer contrato de ahorro para la vivienda, modificar contrato, solicitar cartolas o certificación de mantención y de saldos medios, cuando corresponda, autorizar giros o aplicaciones de ahorro.
El documento debe ser visado en el Consulado Chileno. Se recomienda disponer además de una copia autorizada, gestionada ante Notario en Chile.
Para materializar la compra de la vivienda se recomienda que el interesado lo haga personalmente, dada la complejidad de la operación en su conjunto.
En su defecto, deberá otorgar un mandato notarial amplio por escritura pública en el país en el que reside o ante el Cónsul chileno, que comprenda todas las facultades necesarias para adquirir una vivienda, incluidas las necesarias para autorizar el giro y aplicación de ahorros, pago del subsidio, obtención y aplicación de créditos hipotecarios.
Es requisito, tanto para inscribirse en el Registro regulado por el D.S. Nº 62 de V. y U., de 1984, como para postular, disponer de Cédula Nacional de Identidad chilena.
Atención: A las personas que han adoptado una nacionalidad distinta a la chilena y que se interesan por postular a una vivienda en Chile, se les recomienda primero recobrar su nacionalidad chilena. Para estos efectos se deben acoger a la circular Nº 147 del 7 de mayo de 2000. Si quiere consultar sobre lo anterior, recomendamos visitar www.dicoex.net. El trámite es gratuito y dura un mes