SERVIU INFORMA: La reparación, mantención y conservación de las calles corresponde a los Gobiernos Regionales y Municipios, según Ley N°20.035
Según la Ley N° 20.035, que modificó la Ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, la mantención, reparación y conservación de las calles urbanas corresponde a los Gobiernos Regionales, organismos que podrán financiar los proyectos que presenten los municipios para estos fines.
Así lo explica el Director Regional de SERVIU, Nelson Basaes, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional (modificada por la Ley 20.035 publicada en el Diario Oficial del 01.07.2005), es función del Gobierno Regional “construir, reponer, conservar y administrar en las áreas urbanas las obras de pavimentación de aceras y calzadas, con cargo a los fondos que al efecto le asigne la Ley de Presupuestos. Para el cumplimiento de esta función, el gobierno regional podrá celebrar convenios con las municipalidades y con otros organismos del Estado, a fin de contar con el respaldo técnico necesario”.
En este contexto, es importante señalar que cualquier requerimiento de conservación de pavimentos de una comuna, debe ser sometido a la consideración del Gobierno Regional de Valparaíso, mediante la formulación del proyecto respectivo por parte del municipio. Es decir, es la propia Dirección de Obras Municipales quien debe solicitar los fondos al Gobierno Regional para mantener y/o reparar los pavimentos de un sector.
Desde el año 2005 SERVIU no cuenta con una línea presupuestaria y programática directa que permita atender este requerimiento, sino que por Ley puede actuar sólo como ente mandatado para la evaluación, recepción y/o ejecución de estos proyectos.